En los últimos días el MTSS, resolvió emitir nueva normativa con el fin de flexibilizar las condiciones para acceder al seguro de desempleo por suspensión total.
Por un lado, dicha resolución permite a aquellas personas que hubiesen hecho uso del seguro de desempleo y hubiesen agotado el plazo máximo del mismo, acceder nuevamente al seguro por los meses de abril y mayo.
Por otro lado, la normativa permite a aquellas personas que, habiendo figurado entre 3 y 5 meses o entre 75 y 149 jornales en la planilla de control de trabajo (durante los últimos 12 meses) podrán también acceder al régimen de seguro de desempleo. En este caso el monto total que percibirán los trabajadores amparados en dicho régimen será el equivalente al 25% del ingreso mensual o el equivalente a 6 jornales (según corresponda).
Por último, la normativa establece que no serán excluidos de dicho régimen los trabajadores de los servicios de enseñanza, servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones y los trabajadores de entidades gremiales, sociales y deportivas (Grupos 16, 18 y 20) que perciban otros ingresos provenientes de actividad por cuenta propia, actividad pública o para un tercero privado.
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